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Notas de Prensa Año 2010

JUNIO 2010

DESDE EL ÁREA TÉCNICA JURÍDICA DE ADA, AYUDA DEL AUTOMOVILISTA, S.A., QUEREMOS INFORMAR DE LOS CAMBIOS QUE AFECTAN A LA NUEVA LEY DE TRÁFICO Y QUE ENTRARÁN EN VIGOR HOY MARTES, DÍA 25 DE MAYO DE 2010

A continuación se esquematizan los cambios que entran en vigor con la Nueva Ley de Tráfico a partir del día 25 de Mayo de 2010.

1º.- RELATIVO A PUNTOS DEL CARNÉ DE CONDUCIR:


Recuperación de Puntos Parcial:

El curso de recuperación de puntos parcial amplia de 4 a 6 los puntos que se pueden recuperar por Curso.

Suspensión de Carne por falta Grave:

Ahora las sanciones graves o muy graves, además de penalizar con puntos, no tendrán aparejada suspensión temporal de conducir.

Solo se suspende el carné por pérdida de puntos o por sentencia judicial ( está última no varía)

Pagos de las Sanciones:

Por cada cuatro sanciones graves o muy graves que no se paguen, agotado el plazo de recurso, es decir, agotada la vía administrativa, se les practicará una anotación preventiva en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y NO PODRAN HACER NINGUN TRAMITE CON EL VEHICULO ( Ni venderle, ni transferirle, ni pasar la ITV...) por lo que puede terminar inmovilizado.

2º.- ACTUALIZACION DE SANCIONES.

LEVES Hasta 100.- EUROS
GRAVES 200.- EUROS
MUY GRAVES 500.- EUROS



Son sanciones graves a partir del día 25 de Mayo: Programar el Navegador mientras se conduce, (pudiendo llegar a 6,000 € de sanción),matriculas ilegibles, estacionar en plazas de disminuidos y dejar el conducir el coche a alguien que no tenga carné de conducir...

Se considerará sanción leve ( hasta ahora no sancionado): circular en bicicleta por la noche sin luces ni reflectantes adecuados.

3º.- PLAZOS:

Se unifican todos los plazos para los recursos a VEINTE DIAS NATURALES desde la comunicación ( hasta ahora, dependiendo de las notificaciones había plazos de diez días hábiles, quince días....)

Hasta ahora la reducción por pronto pago de las Sanciones de Tráfico era variable, y el descuento nunca era superior al 25%. Ahora se establece un descuento por pronto pago del 50% único para todas las sanciones.

Es obligado el cumplimiento de Identificación del Conductor, ya no pueden dejarse multas sin identificar. En caso de no identificar, la sanción recae sobre el titular del Permiso de Circulación del vehículo, se considerará grave, y quedará anotado en el expediente y la acumulación de sanciones graves, como se ha detallado, puede impedir realizar trámites administrativos en el vehículo. A partir del 25 de Mayo imponen esta identificación como obligada, ya que hasta ahora, se eludían muchas sanciones no identificando aunque se tuviera que pagar la penalización de 301 euros. Ahora va a ser imposible.






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