Las referencias al medioambiente, al vehículo autónomo y la inclusión de las nuevas formas de movilidad (VMP), así como la actualización del sistema de puntos, definen el texto normativo.
Como suele ocurrir con la seguridad vial, a la hora de valorar la entrada en vigor de una ley se hace hincapié en su poder sancionador. Cuántos puntos nos restarán por cometer una infracción, o cuál será el importe en euros de la multa que conllevará realizar determinada cosa. Aunque son datos relevantes, sin duda, podemos centrarnos también en los objetivos de esta reforma legislativa, aprobada el pasado 2 de noviembre de 2021, y que esta misma semana de marzo ha entrado en vigor.
Se trataba de modificar el texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial como Ley 18/2021 de 20 de diciembre. La actualización del sistema de puntos en relación con determinadas infracciones, la consideración de nuevas infracciones, o la mirada hacia la movilidad sostenible del futuro, son algunos de sus elementos más relevantes.
La recuperación de los puntos del carnet se ha simplificado. Son 2 los años que tienen que pasar sin cometer infracción alguna para poder recuperar el saldo inicial de puntos. Si se realizan cursos de conducción segura y eficiente, se podrán recuperar 2 puntos del carnet. La instalación de alcoholímetros antiarranque para vehículos de transporte de viajeros o la sanción del fraude en las pruebas para la obtención del permiso de conducir son otras dos novedades.
Por lo demás, cabe destacar los siguientes apartados:
1. Respeto por las ZBE
No respetar las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que se están estableciendo en los municipios de más de 50.000 habitantes será una infracción grave, con 200 euros de multa.
2. Lucha contra las distracciones mortales
El uso de móviles mientras se conduce será sancionado con 6 puntos, en lugar de 3, como hasta ahora. La primera causa de accidentes mortales, desde 2016, son las distracciones. Y el abuso de los dispositivos electrónicos está detrás de esta estadística.
3. Protégete… también en patinete
Se retraerán 4 puntos (en lugar de 3) por no usar sistemas como el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco u otros elementos de protección. Los usuarios de patinetes eléctricos (VMP) deberán llevar casco también.
4. Velocidad: la prohibición de los 20 km/h en convencionales
Es una medida polémica. Se prohibirá a turismos y motocicletas rebasar los 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales para adelantar a otros vehículos. La idea es detener la sangría de muertes en estas carreteras: solo en 2019 perdieron la vida 239 personas en colisiones frontales, dentro de estas vías.
5. Tasa de alcohol en menores
Los conductores menores de edad que circulen con una tasa de alcohol superior al 0,0 serán multados con 500 euros de multa. Esto sirve para patinetes eléctricos, ciclomotores, motos de hasta 125 cc, bicis…
6. Ciclistas y motoristas
Otro colectivo de vulnerables que se pretende proteger son los ciclistas y motoristas. Adelantarles poniéndoles en peligro puede suponer 6 puntos menos, no 4 como hasta el momento. Hay que guardar una distancia de 1,5 metros, cambiando por completo de carril si la vía cuenta con más de un carril por sentido. No se podrá parar o estacionar en carriles bici o vías ciclistas.
A los motoristas se les permitirá utilizar dispositivos inalámbricos, certificados u homologados, para el casco, con fines de comunicación o navegación; y siempre que no interfieran en la seguridad mientras conducen.
7. Civismo en la conducción
Arrojar a la carretera o sus inmediaciones objetos que puedan ser detonantes de accidentes o incendios se sancionará como infracción muy grave (6 puntos menos y 500 euros de multa).